lunes, 16 de enero de 2023

11.7. El Estado social y democrático de derecho y sus límites

 El actual Estado social y democrático de derecho pretende conjuntar armónicamente estos tres objetivos:

1.   Ser un Estado de derecho: un Estado en el que todas las personas, instituciones y poderes del Estado se sometan por igual al imperio de la Ley. … Ley cuya fundamentación y legitimidad última debería residir en una Constitución basada en la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH).

Un verdadero Estado de derecho sería aquel que promoviera con sus leyes la defensa de todos los derechos humanos recogidos en la Declaración Universal (DUDH). …

2.   Ser un Estado democrático: un Estado cuya soberanía resida en último término en el pueblo (soberanía popular), el cual la delega periódicamente en unos representantes políticos (democracia representativa) elegidos, mediante sufragio universal (elecciones), entre una pluralidad de partidos (que canalizan las distintas ideas). …

Un verdadero Estado democrático de derecho sería aquel que garantizase con sus leyes la igualdad en derechos de todos los ciudadanos (con independencia de la filiación política e ideológica, de la creencia religiosa,  del nivel económico, de la etnia, del sexo o de cualquiera otra condición). …

***

*[Pero, ¡ojo!, hay que estar siempre alerta porque, aunque en principio todos los gobiernos de los Estados democráticos asumen este compromiso, puede darse el caso de gobiernos elegidos democráticamente que privilegien más a unos ciudadanos que a otros. …  Por ejemplo, el hecho de que los cargos públicos sean ocupados por aquellas personas y partidos políticos mayoritariamente votados puede implicar, en ocasiones,  una posible tiranía de las mayorías sobre las minorías, cuando precisamente uno de los principios fundamentales del Derecho es el del  RESPETO A LAS MINORÍAS.

3.   Ser un Estado social: un Estado que garantice el bienestar social, mediante leyes e instituciones que faciliten el acceso de todos los ciudadanos por igual, a los servicios públicos y  prestaciones sociales necesarios para llevar una vida digna. …

Un verdadero Estado social y democrático de derecho sería aquel que garantizase con sus leyes las condiciones que hacen realmente posible el bienestar social de todos los ciudadanos. …

***

*[Por bienestar social debemos entender el estado general de satisfacción y tranquilidad que experimentan los individuos en una sociedad cuando cuentan con los medios necesarios para desarrollar todas sus potencialidades físicas y mentales; y pueden tener, por tanto, una calidad de vida digna. … Para hacer real y efectivo el bienestar social, el Estado social y democrático de derecho ha de  llevar a cabo la expansión progresiva de una serie de servicios sociales, por ejemplo:  la educación, la asistencia sanitaria, la protección de la vejez y de los enfermos, la ayuda a la dependencia y al desempleo, etc.]

El Estado social y democrático de derecho se debate entre los principios del liberalismo y las exigencias de la socialdemocracia. … El equilibrio entre ambas dimensiones (liberal y social) no siempre es fácil y en numerosas ocasiones surgen conflictos, para cuya solución algunos autores propugnan que es necesario poner ciertos límites al Estado del bienestar, por ejemplo:

1.   Limitar sus competencias, ya que un excesivo protagonismo del Estado, pretendiendo  tutelar toda la vida de los ciudadanos, podría llevarle a degenerar de Estado del bienestar a Estado paternalista, reduciendo en consecuencia la libertad individual y la iniciativa privada (pues la mayoría de los ciudadanos acabaría por adoptar una actitud de dependencia pasiva, a la espera de que el Estado resolviera todos sus problemas). …

2.   Limitar su creciente burocratización, ya que esta conlleva un desmesurado aumento de trámites administrativos incomprensibles para una mayoría (y hace necesario un número creciente de  expertos funcionarios para su gestión), lo que conduciría a una progresiva separación entre el Estado y los ciudadanos de a pie.

3.   Limitar su soberanía, supeditándola a organizaciones supraestatales (como la ONU o la UE) o a legislaciones internacionales, ya que los problemas planteados por la actual globalización (internacionalización de la economía o de la actividad política, social y medioambiental) no pueden ser resueltos por un solo Estado. …

Por otro lado, hay que señalar que  la exigencia de una mayor democratización de nuestras sociedades no debe llevarse al extremo de extender la llamada `regla de la mayoría´ a todos los ámbitos de la vida social; hay ámbitos en los que no se deben tomar decisiones en base a votación (`esfera de lo indecidible´). … A este respecto, los expertos coinciden en sostener que la regla de la mayoría debe tener al menos estos tres límites:

(1)  Los derechos humanos, que no pueden someterse a votación, pues son “derechos naturales” del ser humano.

(2)  Los derechos de las minorías a defender sus puntos de vista y a poder convertirse en mayoría.

(3)  La elección de las personas que han de llevar a cabo actividades que exigen una especial cualificación (profesionales sanitarios y educativos; especialistas de múltiples actividades técnicas, etc.). …

*[En determinadas cuestiones es recomendable sustituir la regla de la mayoría por otros mecanismos de elección, por ejemplo: selección en base a méritos, elección por azar o por turno rotativo. … En ciertas ocasiones se puede atenuar o restringir el uso de la regla de la mayoría usando el denominado `derecho de veto´]

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario

DEJA TU COMENTARIO