domingo, 11 de marzo de 2012

Con 16 años se puede...

Tener un trabajo.
La educación obligatoria llega en España hasta los 16 años. A partir de entonces los menores pueden trabajar a jornada completa.

Tener relaciones sexuales con un adulto.
El Código Penal establece que a partir de los 13 años los menores pueden tener relaciones sexuales consentidas con adultos.

Tener responsabilidad penal.
A partir de los 14 años. Así lo establece la Ley del Menor.

Dar el consentimiento para cualquier operación quirúrgica.
La Ley de Autonomía del Paciente establece la mayoría de edad a los 16 años.

Contraer matrimonio.
El Código Civil establece que los jóvenes pueden casarse a partir de los 16 años, pero también puede hacerlo a los 14 siempre y cuando cuenten con el consentimiento de un juez

1 comentario:

  1. Desde mi punto de vista.. creo que el tener responsabilidad penal desde los 14 años es un poco presipitado

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